Los despidos, la disminución de los salarios, la escasez de ingresos y las predicciones de que la situación no va a mejorar de la noche a la mañana afectan a la mayoría de las familias que han visto cómo ha empeorado su nivel de vida. Claro que los más perjudicados son los que han perdido su empleo, y además, tienen que pasar una pensión compensatoria a su expareja tras una separación o un divorcio.
Miles de este tipo de casos hacen que los juzgados se llenen de personas que solicitan pagar a sus exparejas una pensión compensatoria de menor cuantía. Si tenemos en cuenta que más de cinco millones y medio de personas están parados, muchas de ellas ya no cobran prestaciones por desempleo, y mucho menos pueden pagar la pensión compensatoria.
Para rebajar la pensión compensatoria, es necesario que el pagador cumpla unos requisitos. El empobrecimiento debe ser notorio y duradero. El hecho de que le bajen el sueldo un 5% probablemente no se tenga en cuenta, como tampoco se valorará que permanezca en el paro un mes.
El importe se pueden cambiar, bien de mutuo acuerdo o solicitándolo mediante una demanda judicial. Cuando los dos cónyuges convengan alterarlas, será necesario llevar la solicitud de modificación de medidas acompañada por el convenio regulador en el que se establecen las variaciones que se quieren efectuar, para que el juez lo apruebe.
Si no hay acuerdo sin llegar a juicio, la persona que abona la pensión debe solicitar la modificación de las medidas mediante una demanda con todos los justificantes necesarios en los cuales quede reflejado que sus situación económica ha cambiado.
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